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Comenzar un año siempre viene acompañado de novedades y desafíos para todas las personas, pero también para las empresas. Y lo fundamental es tener claras las metas, así como entender los nuevos procesos, desde el reciente cambio del IVA a los servicios, hasta los temas tributarios

En el caso de las Pymes la ley establece que las pequeñas compañías pasarán de tributar con una tasa de 10% a 25% el en el marco de una normativa aprobada en la pandemia y que buscaba entregar alivios tributarios para el sector. Así, en 2023 la tasa se subirá a 15% y luego a 20% el 2024.

A través de un proyecto de acuerdo, la senadora María José Gatica solicitó al Presidente de la República, Gabriel Boric, mantener en 10% el Impuesto a la Renta en las pequeñas y medianas empresas (Pymes) durante el ejercicio de los años tributarios 2023 y 2024 y no hacer cambios en el Impuesto de Primera Categoría cuando se trate de emprendedores y Pymes, considerando sus características y el actual escenario económico.

La legisladora explicó que “estos agentes económicos han visto mermadas sus rentas por el adverso escenario económico y aumentar el Impuesto de Primera Categoría, del 10% que tienen actualmente al 15%, como propone el Ejecutivo, impactaría directamente en sus ingresos”.

El proyecto, suscrito por 30 parlamentarios de distintas bancadas, argumenta que, en Chile, las Pymes tienen poco acceso al mercado financiero y el aumento del Impuesto a la Renta, en carga y progresividad mayores en los tramos del Impuesto Global Complementario, “atenta contra sus opciones de cubrir sus necesidades”.

Gatica agregó que con la solicitud representan la inquietud expresada en julio pasado por la Asociación de Emprendedores de Chile (ASECH) y el Colegio de Contadores, quienes, luego de analizar el proyecto de reforma tributaria del Gobierno, manifestaron la necesidad de “mantener en 10% la tasa rebajada de impuesto corporativo a las Pymes durante 2023, si tuvieran ventas menores a 100.000 UF al año”.

La idea es coincidente con lo dispuesto en la Ley N°21.256 que establece “medidas tributarias que forman parte del plan de emergencia para la reactivación económica y del empleo en un marco de convergencia fiscal de mediano plazo”, con una disminución transitoria al 10% de la tasa del Impuesto de Primera Categoría (IDPC) por los años tributarios (AT) desde el 2021 al 2023.